Las empresas privadas podrán recibir beneficios tributarios por financiar la conservación de áreas naturales gracias a la Ley 02404/2021.

Con 79 votos a favor, 8 en contra y 26 abstenciones, el Pleno temático ambiental del Congreso realizado el pasado 5 de junio aprobó el Proyecto de Ley 02404/2021, que fomenta la colaboración entre el sector privado y la gestión ambiental del país. El texto final de la norma, presentada por el congresista Arturo Alegría (Fuerza Popular), recoge las sugerencias del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp).
Con la nueva ley, las empresas privadas que inviertan en áreas naturales protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe), en áreas de conservación regional o privada, y en títulos habilitantes que busquen la conservación de bosques, podrán recibir beneficios tributarios, una medida que busca replicar el éxito del modelo de obras por impuestos (OXI) en infraestructura.
El mecanismo principal de esta norma es el Certificado de Inversión en Conservación Ambiental (CICA), que permitirá a las empresas deducir el monto invertido de sus obligaciones tributarias, incluyendo el Impuesto a la Renta y otros tributos administrados por la Sunat, por una duración máxima de 5 años. “Lo que se busca es ver al sector privado como un aliado en conservación”, señaló el congresista Arturo Alegría durante el Pleno.
El dictamen del Proyecto de Ley, aprobado inicialmente en septiembre de 2023, incorporó en esta nueva edición artículos sobre límites en la ejecución de los convenios. Entre estos, destacan el establecimiento de un monto máximo de inversión para las empresas habilitadas (10% de utilidades netas anuales) y la prohibición de la participación de empresas con sanciones por incumplimiento de la legislación ambiental.
Asimismo, para asegurar el uso adecuado de los fondos, la Comisión de Economía ha implementado parámetros estrictos de fiscalización, control de la inversión y límites a la ejecución del gasto durante la duración del convenio. Con ello se busca atender la preocupación de que el certificado se convierta en una herramienta para la evasión fiscal en lugar de un incentivo real para la conservación.

Durante el Pleno, Ruth Luque, presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, señaló precisamente la dificultad para regular el uso del CICA. “Creemos que este certificado de inversión y conservación tiene que tener un tope, no puede ser utilizado en todos los supuestos […] porque si no termina siendo demasiado extenso y no permite una restricción clara”, comentó la congresista de la bancada de Juntos Por el Perú.
Por su parte, César Revilla Villanueva (FP), presidente de la Comisión de Economía, especificó que el mecanismo del CICA ya está reglamentado en la Ley de Obras por Impuestos. Cabe destacar que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de la nueva ley en un plazo máximo de treinta días hábiles, contados desde su entrada en vigor el 5 de junio.
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